lunes, 4 de abril de 2011

¿Es posible transformar una EIRL a una sociedad regulada por la Ley General de Sociedades?

Esta es una de las preguntas que con mayor frecuencia me realizan y es por ello que considero importante publicar la respuesta en este blog.

Sí, es posible que una EIRL se transforme en una SAC o en una SRL. Para ello se requerirá que ésta decisión tomada por el titular de la EIRL y que conste en el Libro de Actas de Decisiones del Títular a fin de que se pueda iniciar el procedimiento. La Decisión del Titular, para que se efectue la transformación, deberá de contener: 
a) el tipo de forma societaria que adopta por motivo de la transformación, 
b) las disposiciones del pacto social y del estatuto que correspondan a la forma societaria adoptadas o necesarias para su funcionamiento y las relaciones entre sus miembros, 
c) el aspecto patrimonial de la persona jurídica transformada, 
d) cualquier otra disposición necesaria para la estructura o el funcionamiento (de la SAC o SRL).
Esta decisión se debe de publicar en el diario El Peruano y en otro de mayor circulación 3 veces con 5 días de intervalo entre cada aviso. Luego de ello, la decisión deberá de ser formalizada a través de una Minuta firmada por abogado colegiado y transcrita a Escritura Pública en la cual se insertará la constancia de las publicaciones del avisp de transformación. Se deberá de realizar el Balance de Transformación al día anterior a la fecha de celebración de la Escritura Pública, el cual no es obligatorio que sea insertado en la Escitura. 
La transformación entra en vigencia a partir del día siguiente de la fecha de la Escritura pero surte efectos frente a terceros a partir de su inscripción en Registros Públicos.

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