martes, 1 de marzo de 2011

Aspectos Legales de los Consorcios

Es común en nuestros días que las empresas o sociedades tomen la decisión de unirse entre sí con el fin de desempeñar una actividad lucrativa que en muchos casos no hubiera sido tan beneficiosa si es que la hubieran realizado de manera individual, a raíz de ello se forman los Consorcios.

En los Consorcios se asocian dos o más personas (naturales o jurídicas) para desarrollar una o más actividades económicas sin necesidad de conformar una persona jurídica distinta a ellas y manteniendo la propiedad de sus bienes.

Lo primero que se requiere para constituir un consorcio es firmar un Contrato de Consorcio en el cual se establezca la finalidad, la duración del consorcio, la designación del administrador-operador (que será el representante del consorcio), los bienes asignados al consorcio, el monto que cada consorciado recibirá como producto de las ganancias (en su defecto ambos recibirán en partes iguales), la forma en como afrontarán las pérdidas (en su defecto será de acuerdo al porcentaje que disfrutaron de las ganancias), la forma en como se adoptarán las decisiones administrativas del consorcio y los mecanismos para la solución de conflictos (Poder Judicial o Arbitraje). 

Los consorcios pueden manejarse utilizando 2 modalidades; con contabilidad independiente o sin contabilidad independiente. Los consorcios con contabilidad independiente generan a un contribuyente independiente, el cual deberá de tener un número de RUC propio, ello se produce cuando los contratos tienen un plazo de duración igual o mayor a 3 años. Los consorcios sin contabilidad independiente, no se crea una persona jurídica debido a que la duración del contrato es menor a 3 años, debiendo poner en conocimiento de la SUNAT este contrato dentro de los 5 días hábiles siguientes de su celebración.

A los consorcios pueden ingresar o retirarse los consorciados mientras el contrato tenga vigencia y este finalizará por el cumplimiento del plazo de duración, cuando se hace imposible el desarrollo del negocio por el cual se unieron los consorciados, por conclusión del objeto del contrato, por decisión de los consorciados o porque las partes se redujeron a una.

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